El Contrato de Formación es un Contrato Laboral diseñado para favorecer la inserción de los jóvenes en el mercado laboral, y ofrece una serie de ventajas tanto a las empresas como a los trabajadores. Con este tipo de contrato, las empresas con menos de 250 empleados consiguen una bonificación del 100 % en la Seguridad Socialdel empleado, y del 75 % si superan esta cifra.
El contrato de formación y el aprendizaje es el único contrato formativo bonificado que existe actualmente.
La actividad formativa se imparte en la modalidad de teleformación. Gracias a esta modalidad formativa el alumno adquiere a su ritmo y sin necesidad de asistir a clase, los conocimientos necesarios para desarrollar profesionalmente su actividad laboral. El trabajador ira formándose
Para esta modalidad de contrato, el contrato de formación, hay un límite de edad que se sitúa entre los 16 y los 25 años. Con lo que se pretende favorecer la inserción de este colectivo y reducir el paro juvenil. Y por esta misma razón para personas que se encuentran en colectivos de exclusión social en empresas de inserción y alumnos de Escuelas-Taller, Casas de Oficio Talleres de Empleo y Programas de Empleo-Formación y para personas con discapacidad, no existe límite de edad.
La duración del contrato de formación es de 6 meses a 3 años (Mínimo 6 meses por convenio colectivo). La jornada laboral es completa, correspondiendo un 75% a trabajo efectivo, y un 25% a formación teórica.
Mediante este contrato, el trabajador obtiene un Certificado de Profesionalidad de la especialidad que haya cursado.
En Instituto INTER los Certificados de Profesionalidad más solicitados son:
C.P. Actividades de Venta (COMV0108)
C.P. Actividades Administrativas en la Relación con el Cliente (ADGG0208)
C.P. Servicios de Bar y Cafetería (HOTR0508)
C.P. Servicios de Restaurante (HOTR0608)
Esta modalidad de contrato viene regulada en el Real Decreto 1529/2012 de 8 de noviembre, la Orden ESS/2518/2013 de 26 de diciembre y el Real decreto Ley 28/2018 de 28 de diciembre.
En definitiva, el Contrato de formación es el contrato que más facilidades aporta a la empresa.
REQUISITOS para realizar un Contrato de Formación
El trabajador debe tener entre 16 y 25 años y estar en posesión del Graduado ESO, Competencias Clave Nivel II o equivalentes.
El periodo de contratación debe ser, como mínimo, de 1 año de duración y de 3 años como máximo, y la remuneración no debe ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional.
TRAMITACIÓN
Instituto INTER, de forma totalmente gratuita, se encarga de realizar todos los trámites administrativos necesarios. Todas las Empresas, Autónomos o Asesorías que quieran llevar a cabo Contratos de Formación solo tienen que ponerse en contacto nosotros de cualquiera de las siguientes maneras: